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Requisito de Asesoramiento en Créditos para Quiebras
En el año 2005, el Congreso aprobó y el presidente firmó la Ley de prevención de abuso de quiebra y protección del consumidor (BAPCPA, por sus siglas en inglés), una reforma a la ley de quiebras. Uno de los nuevos requisitos que la BAPCPA le impone al deudor en quiebra es el de recibir asesoramiento en créditos de parte de una agencia aprobada dedicada a ello antes de la presentación de la quiebra. Un abogado experto en créditos del consumidor y en la ley de quiebras puede ayudar a informar a los deudores acerca de estos nuevos requisitos de asesoría.
Instrucciones del Asesoramiento en Créditos
Específicamente, un deudor debe recibir "instrucciones individuales o grupales” de asesoramiento sin fines de lucro de parte de una agencia de asesoramiento en créditos y presupuestos dentro de los 180 días anteriores a la presentación de la quiebra. Las instrucciones pueden realizarse de forma personal, vía telefónica o a través de Internet. La ley establece que las instrucciones deben “[delimitar] las oportunidades de asesoramiento en créditos disponible y [asistir] a las personas en la realización de un análisis presupuestario relacionado”. Si durante el asesoramiento obligatorio se confecciona un plan de administración de deudas, se debe presentar ante el tribunal de quiebras.
Agencias Aprobadas de Asesoramiento en Créditos
En la mayoría de los estados, el síndico de EE. UU. lleva una lista de agencias aprobadas de asesoramiento en créditos que se puede utilizar en los tribunales de distrito de dichos estados. En Alabama y Carolina del Norte esta lista obtuvo la aprobación de administradores de quiebras. La lista de agencias aprobadas se encuentra disponible en US courts Web site (sitio Web de los tribunales de EE. UU.). Una agencia aprobada ocupa el primer lugar de la lista durante un período de prueba de seis meses que se renueva cada año. La aprobación se puede anular en cualquier momento. Los interesados pueden solicitar al tribunal la revisión de la aprobación de cualquier agencia.
Para obtener la aprobación, una agencia debe disponer de asesores calificados y con experiencia, que proporcionen asesoría adecuada sin intereses financieros en el resultado del asesoramiento; debe controlar los fondos del cliente de forma segura; contar con una junta directiva independiente; cobrar tarifas razonables y a escalas móviles; realizar ciertas divulgaciones; contar con seguridad financiera para supervisar los planes de repago de los clientes; y por último, mantener la “calidad, la eficacia y la seguridad financiera de los servicios ofrecidos”.
Excepciones del Requisito de Asesoramiento en Créditos
Existen algunas excepciones del requisito de asesoramiento para determinados deudores en situaciones específicas. En primer lugar, el tribunal no debe exigir el requisito de asesoramiento en el caso de que existan “circunstancias apremiantes” para las que el deudor haya solicitado asesoramiento que la agencia no pudo proporcionar dentro de los cinco días. En segundo lugar, el deudor está eximido del requisito si se encuentra incapacitado por enfermedad o deficiencia mental, si se encuentra físicamente afectado y por ello no le es posible participar aunque realice el esfuerzo necesario, o bien si se encuentra cumpliendo con deberes militares en zona de combate. En tercer lugar, no es obligatorio el asesoramiento si el síndico o administrador de un tribunal de distrito en particular determina que no hay disponibles agencias aprobadas de asesoramiento en créditos.
Críticas al Requisito
Hay varias críticas al requisito de asesoramiento en créditos. Uno de los argumentos es que el deudor que se encuentra en una mala situación financiera está a muy poco tiempo del borde de la quiebra. Quienes apoyan el requisito consideran que este dejará fuera de circuito a las personas que estén atravesando una crisis financiera por su propio comportamiento, aunque las agencias de asesoramiento hayan descubierto que la mayoría de las personas que reciben asesoría han tenido problemas legítimos que no se produjeron por imprudencia. La desestimación de un caso de quiebra por no haberse obtenido el asesoramiento necesario se ve como un maltrato al deudor que está enfrentando, por ejemplo, la ejecución de un hogar modesto. Por último, de acuerdo con la interpretación del juez, la desestimación podría debilitar la suspensión automática de cobros en una subsiguiente presentación de quiebra.
Conclusión
Los consumidores que consideran la quiebra como alternativa futura deben analizar en profundidad el requisito de asesoramiento en créditos antes de anticiparse a presentar la quiebra. Los abogados con experiencia en leyes del consumidor y de quiebras pueden proporcionarle la información necesaria respecto de la asesoría y de la quiebra en general.
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