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Centro de Información de Bancarrota

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Quiebra de Consumidores

Cuando una persona se atrasa considerablemente en el pago de sus deudas, una alternativa puede ser la de declarar la quiebra, procedimiento judicial llevado a cabo en el tribunal federal de quiebras, que le permite al deudor saldar algunas de sus deudas. Aunque de muchas formas la quiebra puede ofrecer un nuevo comienzo, es importante recordar que la quiebra también puede afectar de manera negativa la calificación de un crédito y dificultar la obtención de créditos en el futuro. Un abogado experimentado en quiebras lo puede asesorar respecto de si una quiebra puede ser la opción indicada.

Alternativas de Quiebra para Consumidores

Los consumidores, así como las empresas, tienen alternativas en cuanto a qué tipo de quiebra declarar. Estas alternativas se exponen en capítulos independientes de la ley federal de quiebras, denominada Código de quiebras, y a menudo se les menciona por su número de capítulo. Generalmente, los consumidores presentan quiebra en conformidad con el Capítulo 7 ó 13 y, con menor frecuencia, en conformidad con el Capítulo 11.

Después de la reforma a las leyes federales de quiebra del año 2005, surgió un nuevo requisito en el que los deudores reciben asesoramiento en créditos de parte de una agencia aprobada.

La mayoría de los casos de quiebras de consumidores los inician los consumidores voluntariamente, aunque en determinadas circunstancias, dichos casos pueden surgir de forma involuntaria cuando los acreedores obligan a los deudores a declarar la quiebra.

Capítulo 7

Las quiebras del Capítulo 7, denominadas “quiebras con liquidación” son el tipo más frecuente que escogen los consumidores. Los procedimientos del Capítulo 7 comienzan con la presentación de una petición de quiebra del deudor ante el tribunal de quiebras, que inicialmente genera la “suspensión automática”, término que en las quiebras se utiliza para referirse al cese de actividades de cobro de deudas. El tribunal designa a un síndico, quien supervisa el caso y liquida los activos del deudor para cancelar las deudas. No obstante, los activos del deudor pueden estar exentos o ya estar sujetos a embargos válidos, en cuyo caso no existirían activos a liquidar. Si existen activos, el síndico cobra los procedimientos de venta para pagar las deudas en la medida de lo posible. Una vez distribuidos todos los procedimientos, cualquier deuda que continúe impaga se saldará, lo que implica que ya no existirá y que el deudor ya no tiene la obligación de pagarla. Sin embargo, algunas deudas no se pueden saldar y continúan teniendo validez, como por ejemplo, los impuestos, las obligaciones de ayuda doméstica y los perjuicios que deriven de actos voluntarios o malintencionados del deudor.

Capítulo 13

De forma alternativa, un consumidor puede optar por el Capítulo 13 si cuenta con un ingreso estable, si considera que la crisis es temporal y desea pagar al menos algunas de las deudas. El deudor debe contar con una deuda no asegurada inferior a $307,675 y una deuda asegurada de $922,975 para poder cumplir los requisitos del Capítulo 13. También se puede iniciar un procedimiento Capítulo 13, denominado plan para personas con salario (wage-earner plan), que se inicia por medio de la presentación de una petición y también detiene las actividades de cobro de los acreedores. El deudor propone un plan de pago de deudas, que los acreedores pueden objetar. No obstante, si el tribunal aprueba el plan, los acreedores no pueden actuar fuera del alcance del plan para cobrar sus deudas. Una vez completado el plan, el deudor tiene derecho a que se salden las deudas, lo que lo exime de las deudas que ya canceló con el plan.

Comparación

El Capítulo 13 tiene algunas ventajas con respecto al Capítulo 7 en relación con las quiebras de consumidores. Por ejemplo, no hay período de espera para que un consumidor pueda presentar una quiebra nuevamente después de la presentación de un Capítulo 13. Además, el Capítulo 13 permite al deudor saldar más tipos de deuda. Según el Capítulo 7, el tribunal puede ordenar la venta de todos los activos del consumidor, mientras que según el Capítulo 13 el deudor puede conservar más activos. La elección del consumidor del Capítulo 7 ó 13 no tiene por qué ser permanente, una vez iniciados los procedimientos, bajo determinadas circunstancias un caso puede convertirse de un capítulo a otro.

Conclusión

La quiebra puede ser un proceso costoso y tiene consecuencias graves a largo plazo. Existen alternativas para las quiebras, tales como la negociación informal con los acreedores para diseñar un plan de pago o el trabajo junto con un asesor en créditos. Independientemente de que sea deudor o acreedor, es fundamental que busque el asesoramiento de un abogado experto en quiebras que proteja su bienestar financiero.

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